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Consulado de Colombia en Houston

 

El certificado de naturalización es el documento mediante el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores certifica si una persona obtuvo o no la nacionalidad colombiana por adopción.

Competencia:

El certificado es expedido exclusivamente por el Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad del Ministerio de Relaciones Exteriores, con sede en la ciudad de Bogotá D.C., con base en la información suministrada por el Grupo Interno de Trabajo de Archivo Central de la entidad. Los Consulados de Colombia en el Exterior no expiden este Certificado pero reciben el pago cuando la solicitud se registra en el exterior.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Costos y medios de pago en Colombia

Zona Geográfica Costo
En Colombia  COP $54.711

 

Las formas de pago son:
En línea tras registrar la solicitud a través de PSE.
En Sucursal del GNB Banco Sudameris o en Cajero Servibanca con la referencia única de pago que aparecerá cuando se liquide el trámite.

Para mayor información, consultar la Guía del Usuario

 

Costos en el exterior

El valor de certificado se paga ante el Consulado de Colombia en el Exterior seleccionado.

Para mayor información, consultar la Guía del Usuario.

Zona Geográfica Costo
Europa y Cuba EUR € 16,90
Resto del Mundo USD $ 19,01

Lista de consulados que reciben Money Order para realizar el pago:
  • Atlanta, Estados Unidos
  • Boston, Estados Unidos
  • Calgary, Canadá
  • Chicago, Estados Unidos
  • Houston, Estados Unidos
  • Miami, Estados Unidos
  • Newark, Estados Unidos
  • Nueva York, Estados Unidos
  • Orlando, Estados Unidos
  • San Francisco, Estados Unidos
  • Washington, Estados Unidos
  • Toronto, Canadá

Nota: Cuando vaya a realizar el trámite, verifique en el Consulado más cercano los medios de pago disponibles

 

 

 

El interesado debe adjuntar copia de su documento de identificación o de identidad, el documento exigido para la expedición del certificado de naturalización deberá ser adjuntado de forma digital, en archivo PDF siguiendo el procedimiento contenido en la Guía del Usuario.

Si el documento aportado no contiene de manera clara y precisa el nombre, número de identificación y lugar de expedición del solicitante, al correo electrónico registrado en el formulario de solicitud, se le solicitará aportar otro documento a través SITAC. El interesado contará con un (1) mes, de lo contrario se entenderá que ha desistido de la petición, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 1755 de 2015.

Nota: El formulario que diligencie al momento de registrar la solicitud será entendido como la petición formal de expedición de certificado. Por tanto, se solicita revisar con atención los datos proporcionados, entre los cuales se encuentran:

• Nombre completo del peticionario y vínculo familiar con el extranjero de quien requiere el certificado.
• Tipo y número de documento de identidad del solicitante.
• Correo electrónico del solicitante.
• Nombres completos de la persona de quien se desea conocer si es o fue titular de la nacionalidad colombiana por adopción, manifestando su nacionalidad de origen.

 

 

El certificado de antepasado extranjero naturalizado o no como colombiano por adopción será expedido en un plazo de quince (15) días hábiles, desde el momento en que se haya completado toda la documentación.

 

  • Decreto 869 de 2016.
  • Ley 1755 de 2015.
  • Resolución 9713 de 2017.

El Certificado se envía al correo electrónico que el solicitante registró en el formulario de solicitud. El correo de notificación tendrá adjunto un documento en formato PDF.

Para mayor información, consultar la Guía del Usuario.